Personas Físicas

El nuevo Regimen de Incorparación Fiscal ( RIF ):

- Sustituye al régimen intermedio y al de REPECOS.

- Objetivo: Preparar a las PF para que se integren al régimen general

- Aplicable a PF que realicen actividades empresariales o presten servicios por los que no se requiera para su realización título profesional, con ingresos anuales de hasta $2’000,000.00

- De aplicación temporal por un periodo de hasta 10 años

- Pagos definitivos bimestrales para ISR, sobre base de efectivo